Garantia legal

Medinet clinic s.l. (en adelante la Compañía), titular del sitio web www.medinetclinic.es , está domiciliada en Avda. Reyes Católicos 9, 45100 – Sonseca – Toledo.

Está inscrita en el Registro Mercantil de Toledo con la siguiente anotación, documento: 1/2020/3.887,0 Asiento: 106/140, y su CIF es B45698602. Para su actividad, cuenta con licencia sanitaria número 6196-PS en la agencia española de medicamentos y productos sanitarios.

Datos de contacto:

Medinet clinic s.l. Avda. Reyes Católicos 9, 45100 – Sonseca – Toledo.

Teléfono: +34 925 95 28 00

Correo electrónico: medinet@medinetclinic.es

Garantía Legal 

El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 1999/44/CE. Se regulan con esta Ley los bienes muebles corporales destinados al consumo privado y, en concreto, la obligación del vendedor de entregar al consumidor un bien que sea conforme con el contrato de compraventa. Se entiende que un bien es conforme con el contrato siempre que cumpla con una serie de requisitos: que el bien adquirido se ajuste a la descripción realizada por el vendedor, que tenga las cualidades manifestadas y que sirva para el uso al que ordinariamente se destinen bienes del mismo tipo y que presente la calidad y comportamiento esperados, entre otras.

Ante la falta de conformidad de un bien con el contrato, el consumidor puede optar entre la reparación o sustitución del bien, salvo que esto último fuese imposible o desproporcionado.

El consumidor puede ejercitar la garantía legal en el plazo de dos meses desde que tenga conocimiento de la no-conformidad del bien.

El vendedor responderá por las faltas de conformidad que se manifiestan en un plazo de dos años desde la entrega. Se presume que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, transcurridos los seis meses será el consumidor el que tenga que demostrar que la falta de conformidad existía en el momento de la entrega del bien. Estos derechos tienen carácter de irrenunciables y son nulos los actos de disposición que los excluyan.

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